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Autor Tema: ASPECTO LEGAL - Fotografía a menores  (Leído 570 veces)
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hernank
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« : 19 de Julio de 2013, 15:47:21 »
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Hoy me surgió una duda, estaba por subir algunas fotos en el subforo de deportes, las cuales saco a mi hijo y sus compañeros, pero como son menores de edad consulté a un amigo abogado y efectivamente no se puede publicar según la ley 11.723 art 1074 (creo que el art 31 tmb) sin consentimiento de los padres.

En la práctica subo fotos a facebook todas las semanas, los chicos y padres están super contentos, nunca un problema. De hecho agradecen siempre.

Me da la impresión que hay que ser muy hdp para hacer alguna acción legal, pero me gustaría conocer la opinión de ustedes y si hay algún abogado que sepa del tema, se agradece también.
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Sebapol
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« Respuesta #1 : 19 de Julio de 2013, 16:00:11 »
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Usá el buscador que algo se trató del tema.


http://www.latinfotografia.net/foros/index.php?topic=24823.0

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pulporock
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« Respuesta #2 : 19 de Julio de 2013, 16:15:54 »
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Subi nomas  y mas SI SON FOTOS DE TU HIJO !!!  NADA TE PUEDE DETENER  SALVO ESTO


Ley 26.061


ARTICULO 22. — DERECHO A LA DIGNIDAD. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a ser respetados en su dignidad, reputación y propia imagen.
Se prohíbe exponer, difundir o divulgar datos, informaciones o imágenes que permitan identificar, directa o indirectamente a los sujetos de esta ley, a través de cualquier medio de comunicación o publicación en contra de su voluntad y la de sus padres, representantes legales o responsables, cuando se lesionen su dignidad o la reputación de las niñas, niños y adolescentes o que constituyan injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada o intimidad familiar.

ANALICEMOS , CUALQUIER MEDIO DE COMUNICACION el foro no es un medio de comunicacion,  EN CONTRA DE SU VOLUNTAD LA DE SUS PADRES BLABLA... los padres no te dijeron nada,  CUANDO SE LESIONEN SU DIGNIDAD Y REPUTACION... garchando entre ellos los niños no estan quiero creer. 

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LEYn 11723
Art. 31. — El retrato fotográfico de una persona no puede ser puesto en el comercio sin el consentimiento expreso de la persona misma y muerta ésta, de su cónyuge e hijos o descendientes directos de éstos, o en su defecto, del padre o de la madre. Faltando el cónyuge, los hijos, el padre o la madre, o los descendientes directos de los hijos, la publicación es libre.

La persona que haya dado su consentimiento puede revocarlo resarciendo daños y perjuicios.
Es libre la publicación del retrato cuando se relacione con fines científicos, didácticos y en general culturales, o con hechos o acontecimientos de interés público o que se hubieran desarrollado en público.



NO ESTAS PONIENDO LAS FOTOS EN EL COMERCIO ...

SIN ATADURAS EL MUNDO ES MAS LIBRE


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hernank
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« Respuesta #3 : 19 de Julio de 2013, 16:20:35 »
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Gracias, realmente busque pero se ve que lo hice mal.

Mis disculpas y gracias por el link y data
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elunicoet
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« Respuesta #4 : 19 de Julio de 2013, 20:25:09 »
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Si son fotos en lugares públicos y no hay nada turbio, publicálas sin drama. Sobre todo si tu hijo está en el mismo evento.
En todo caso, ante una intimación puntual, las sacás y listo.
El hecho de publicarlas no genera daño como tal, y por lo tanto, no habría un perjuicio ni un reclamo. Pero por las dudas, si expresamente te lo piden, las sacás y listo.

Saludos
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"Entre las muchas maneras de combatir la nada, una de las mejores es sacar
fotografías...
" Julio Cortázar
MR.BUBU
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« Respuesta #5 : 19 de Julio de 2013, 20:27:36 »
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Algunas fotos deberían estar prohibidas publicarlas por horribles. Pero esa es otra historia  lengua

Varias de mis primeras fotos en el foro merecen el ban  Sonrisa
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Los yuyos desenfocados en primer plano garpan.
El marco de la foto no se critica, a menos que trabajes haciéndolos.
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